25. La importante figura del Contador Partidor en herencias y liquidación de gananciales

Hola a todos, el artículo que os traigo hoy viene a explicar una figura muy importante dentro del ámbito de las sucesiones y la cual es una gran desconocida, la figura del CONTADOR PARTIDOR.

Esta figura puede ser una pieza clave cuando una herencia se enquista o simplemente cuando en la misma existe “la mosca cojonera”, vamos el  heredero  cansino típico que ni hace ni deja hacer y entorpece la herencia, en este caso se trata del heredero que se niega a aceptar o renunciar la herencia, y si bien la Ley de Jurisdicción Voluntaria ha introducido la posibilidad de requerirle notarialmente dándole un plazo de 30 días para hacerlo y si no hace nada se entenderá aceptado pura y simplemente (con el consiguiente perjuicio que puede ocasionarle), esta novedad tan sólo soluciona un primer obstáculo, ya que el problema de fondo con este heredero en conflicto sigue sin solución ya que habremos suplido la aceptación de la herencia, pero quedaría todavía sin resolver la adjudicación de la herencia que necesita de su consentimiento, y para evitar ese problema nace la figura del contador partidor.

El contador-partidor es un tercero independiente y profesional (esto sólo será en el caso que el contador partidor sea dativo o judicial) encargado de repartir y adjudicar los bienes que le corresponda a los herederos, legatarios y legitimarios, según se haya dispuesto en el testamento o en su defecto en la proporción que determine la declaración de herederos, sin necesidad de intervención de los propios interesados.

La figura del contador-partidor, puede llegar a ser una pieza clave en una herencia, cuando en la misma se está discutiendo sobre la forma de interpretación del testamento, o de la adjudicación de determinados bienes, ya que será este el que determine la forma en la que se van a distribuir los bienes, su adjudicación, y podrá nombrar peritos para la valoración de los bienes (si le atribuyen dichas facultades) evitando de esta manera todo tipo de disputas y enfrentamientos.

Esta figura de contador partidor solucionará las eternas discusiones en cuanto al valor que se le da a los bienes, así como a la interminables disputas respecto a quien se adjudica cada uno de los bienes.

En la actualidad existen 3 tipos de contador-partidor:

1.- Testamentario

2.- Dativo

3.- Judicial

Analizaremos cuando procede el nombramiento de cada uno de ellos, su función y sus obligaciones.

TESTAMENTARIO

El contador-partidor testamentario es el que es nombrando por el difunto en su testamento para que se haga cargo de partir y adjudicar todos los bienes de su herencia a su fallecimiento. La persona que nombre en este caso como contador-partidor puede ser cualquier persona, menos los herederos, no es necesario que sea un profesional, tiene que aceptar el cargo y normalmente el mismo no es retribuido, es decir, es gratuito. El inconveniente que tiene esta figura es que en el caso que acepte el cargo puede encontrarse con numerosos problemas a la hora de valorar y de adjudicar cada uno de los bienes, ya que al no ser un experto en la materia y dado su complejidad puede cometer muchos errores.

Esta figura viene regulada en el art. 1.057. del Cc

“Artículo 1057

El testador podrá encomendar por acto «inter vivos» o «mortis causa» para después de su muerte la simple facultad de hacer la partición a cualquier persona que no sea uno de los coherederos.

No habiendo testamento, contador-partidor en él designado o vacante el cargo, el Secretario judicial o el Notario, a petición de herederos y legatarios que representen, al menos, el 50 por 100 del haber hereditario, y con citación de los demás interesados, si su domicilio fuere conocido, podrá nombrar un contador-partidor dativo, según las reglas que la Ley de Enjuiciamiento Civil y del Notariado establecen para la designación de peritos. La partición así realizada requerirá aprobación del Secretario judicial o del Notario, salvo confirmación expresa de todos los herederos y legatarios.

Lo dispuesto en este artículo y en el anterior se observará aunque entre los coherederos haya alguno sujeto a patria potestad, tutela o curatela; pero el contador-partidor deberá en estos casos inventariar los bienes de la herencia, con citación de los representantes legales o curadores de dichas personas.

Artículo 1057 redactado por el apartado noventa de la disposición final primera de la Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria («B.O.E.» 3 julio).Vigencia: 23 julio 2015”.

El testador también podrá designar un contador-partidor profesional y este cargo en todo caso si será remunerado.

DATIVO

La figura del contador-partidor dativo es una de las principales novedades que ha introducido la nueva Ley de Jurisdicción Voluntaria, por lo que, los herederos y legatarios que representen al menos el 50% del haber hereditario, (y con citación de los demás interesados) podrán pedir al Secretario judicial o al Notario que nombren un contador-partidor dativo, evitando de este modo tener que acudir al costoso y largo procedimiento de testamentaria.

A diferencia del testamentario, en el cual testador podría nombrar como contador-partidor a cualquier persona, sin necesidad que fuese un profesional, tanto en el contador-partidor dativo como en el judicial, el contador-partidor que interviene es un profesional incluido en la lista oficial de Contadores Partidores de cada colegio profesional.

Procedimiento

Tanto si acudimos a un Notario o al Secretario judicial a solicitar el nombramiento de contador-partidor dativo, el procedimiento para el nombramiento de estos profesionales es el estipulado en el art. 50 de La Ley del Notariado.

Lo que inicia el Notario es un acta

El Colegio de Notarios, recibe cada mes de enero  del Colegio de Abogados un listado oficial con todos los profesionales inscritos como peritos contadores-partidores, y este cuando recibe la primera petición del año de algún Notario donde le solicite el nombramiento de contador-partidor, acudirá a la lista suministrada por el Colegio de Abogados, realizará un sorteo y nombrará a un perito contador-partidor y a partir de ese nombramiento seguirá el orden de la lista para el resto del año.

Por tanto, el Notario no puede designar al contador partidor que le de la gana, sino que el mencionado nombramiento se realiza entre profesionales cualificados, que han sido debidamente acreditados en el Colegio Notarial y que son designados de forma aleatoria, de modo que su actuación es totalmente imparcial e independiente.

Notario competente

El Notario competente es el del lugar del domicilio o residencia habitual, el del domicilio del requirente, el lugar donde radiquen la mayoría del patrimonio del difunto o el del lugar de fallecimiento.

¿ Si el difunto nombró en el testamento contador partidor, puede el notario nombrar otro contador-partidor ?

Si, puede volver a nombrar contador-partidor siempre y cuando que el contador-partidor nombrado por el testador haya renunciado al cargo en escritura pública y se acredite dicha situación ante el notario, o si el mismo hubiera fallecido.

Plazo concedido al contador-partidor

Por analogía con el art. 904 Cc el plazo será de un año, aunque entiendo que, en todo caso será el notario el que podrá determinar el plazo en función de la complejidad del asunto.

Si hubiera que hacer la correspondiente liquidación de la sociedad de gananciales, antes de adjudicar la herencia, el contador-partidor también podrá realizar la misma con el consentimiento del cónyuge sobreviviente.

Una vez que el contador-partidor realiza el cuaderno particional,  el mismo deberá ser aprobado expresamente por todos los herederos, o en su defecto, el Notario lo deberá aprobar en escritura pública.

 Coste del contador-partidor

En primer lugar decir que los honorarios del contador-partidor en este caso van siempre en proporción al valor total del activo de la herencia, por lo que, el mismo variará según el groso de la misma.

Y aunque no hay una reglas impositivas, si que existen unos criterios orientadores de honorarios de los Colegios de Abogados, que normalmente son por los que se rigen a la hora de minutar todos los contadores partidores.

Lo habitual es que el contador-partidor a la hora de aceptar el cargo solicite a los herederos una provisión de fondos antes de iniciar su trabajo, Los gastos de este profesional, contador-partidor dativo tendrán la consideración de pasivo de la masa hereditaria según el art. 1.064 Cc y según reiterada jurisprudencia.

JUDICIAL

Abogados expertos en herencias y liquidación de patrimonios

La figura del contador-partidor judicial es exactamente igual a la del contador-partidor dativo, siendo la única diferencia que en este caso el que nombra al contador-partidor será el Secretario Judicial en el seno de un procedimiento judicial ya iniciado, ya sea liquidación de gananciales o división judicial de patrimonios en los que no existe acuerdo en cuanto a valoración y adjudicación por lo que, llegados a este punto hay que nombrar un perito para el avalúo de los bienes existentes y un contador-partidor que haga las funciones de adjudicación y reparto de los bienes.

Procedimiento

Su funcionamiento es el mismo que en el caso anterior, el Juzgado recibe cada mes de enero  del Colegio de Abogados un listado oficial con todos los profesionales inscritos como peritos contadores-partidores, y este cuando recibe  en alguno de los procedimientos que lleva, tenga que nombrar algún contador-partidor, acudirá a la lista suministrada por el Colegio de Abogados, realizará un sorteo y nombrará a un perito contador-partidor y a partir de ese nombramiento seguirá el orden de la lista para el resto del año.

Honorarios del contador-partidor

De igual forma que como veíamos en el supuesto del contador-partidor dativo, si el contador-designado acepta el cargo solicitará una provisión de fondos a las partes.

En el caso de que solicitada la provisión esta no se realice, el contador-partidor podrá renunciar al  cargo y el Juzgado tendrá que volver a nombrar nuevo contador-partidor.

En todo caso, los honorarios del contador-partidor tendrán la consideración de pasivo de la masa hereditaria según el art. 1.064 Cc y según reiterada jurisprudencia.

Plazo para entregar el cuaderno particional

Una vez recibida la provisión comenzará a correr el plazo, que en este caso es mucho más breve que el anterior, ya que el contador-partidor tendrá dos meses para realizar la pericia según lo preceptuado en el art. 786 LEC.

Una vez entregado el cuaderno particional las partes podrán mostrar su conformidad o su disconformidad, en este último caso el Juez mandará convocar a una vista a las partes y al contador-partidor y con posterioridad dictará Sentencia.

Si se aprueba las operaciones particionales ordenará su protocolización, esto es acudir a una Notaría para que se haga la correspondiente escritura pública de las mencionadas operaciones particionales realizadas por el contador-partidor.

Una vez más, espero que este artículo haya sido de tu interés y si tienes alguna duda puedes escribirme y estaré encantada de contestarte.

Certificado acreditativo de la inclusión en la lista de Contadores-Partidores elaborada por ICAM, de la letrada María Amparo Martínez Marián (tfno. 91.677.22.15) desde el año 2005.

Desde el año 2005 estoy incluida en la lista de Contadores-Partidores que elabora el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid como profesional cualificado para realizar las funciones cómo contador-partidor tanto para las herencias como para las liquidaciones de gananciales, listas que son entregadas tanto a los distintos juzgados de toda la Comunidad de Madrid, como al Colegio de Notarios, para cuando tienen que nombrar contador-partidor dativo o judicial, por lo que, si necesitas nombrar un contador-partidor profesional cualificado en cualquiera de las formas testamentaria, dativa o judicial ponte en contacto conmigo.

 



Author: María Amparo Martínez Marián
Abogada Perito Contador-Partidor

10 comentarios

  • CARLOS

    Buenas noches Maria Amparo, me parece muy interesante y muy bien explicado, pero me gustaria saber si a pesar de ir al CP dativo y hasta en el peor de los casos al judicial, si una parte no acepta la herencia ( en mi caso son dos herederos uno con el 75 y el otro con el 25 ) ¿que ocurre?. Gracias

  • Miguel

    Hola. Me gustaria saber si se utiliza el valor catastral para valorar los bienes. Y cuanto puede ser el coste de contador partidor nombrado por el juzgado. Gracias

    • Buenas tardes Miguel, el perito tasador que valora los bienes inmuebles nunca va a utilizar el valor catastral del bien, sino que utilizará el valor de mercado. En cuanto al coste del contador-partidor nombrado por el juzgado, su importe va a depender del valor de todo el activo, al cual se aplicarán las Normas orientadoras de cada colegio profesional.
      Muchas gracias por escribirnos.

  • MIREN

    En mi caso,todos los herederos hemos firmado y acatado las ultimas voluntades de nuestra madre ante notario,pero uno de nosotros se niega a firmar la finiquitación el la entidad bancaria.Que podemos hacer?

  • Alfredo Sánchez Pérez

    Buenas tardes,
    Me encuentro en un procedimiento de liquidación de gananciales con mi exmujer y al no llegar a ningún acuerdo ( sólo quiere pagar 6000€ por una casa y garaje valorada en 230000€ e hipotecada en 120000€). El Juzgado a nombrado contador partidor. Estoy perdido con ésta situación, encarecerá mucho el proceso? Me da más posibilidades a la hora de desenredar ésta situación? Llevo desde 2017 entre divorcio y demás, afrontando el 50% de la hipoteca más sobreviviendo en otra vivienda e incapacitado para mi habitual puesto de trabajo.

    • Buenos días Alfredo,
      Lógicamente al tener que nombrar contador partidor el proceso se encarece un poco más, pero por contra el procedimiento se agiliza del todo, porque una vez que el contador-partidor haga el cuaderno particional, se harán las correspondientes adjudicaciones a cada una de las partes y procedimiento finalizará.
      En cuánto al coste de lo que le supondrá el contador-partidor, ello va a depender de todo el activo que haya en la liquidación de gananciales. Si quiere saberlo con exactitud, si ya le han nombrado el contador-partidor lo mejor es que se ponga en contacto con él y le pregunte a cuánto va a ascender su minuta para que usted pueda hacerse una idea. De todas formas, lo normal es cuando el contador-partidor acepta el cargo, a los pocos días o incluso ese mismo día haga una petición de provisión de fondos a las partes.

      Un saludo, y que le vaya muy bien.

  • Javier

    Buenas tardes , llevo desde el 2015 divorciado pero sin poder liquidar la sociedad conyugal , en todo este tiempo mi ex esposa no ha pagado ni paga su parte de hipoteca viviendo ella allí y constando en sent3ncia que debería de pagar la mitad , en 2018 el juzgado asignó contador-repartidor , estamos a final de julio del 2021 y sigue sin decir nada el contador-repartidor , esto a mi me está suponiendo una situación muy negativa , OUEDO DEMANDAR AL CONTADOR-REPARTIDOR POR DAÑOS Y PERJUICIOS ?
    GRACIAS

    • Buenas tardes Javier, el contador-partidor tiene que entregar el cuaderno-particional en el plazo que estipula la ley y si no lo hace en plazo y causa algún perjuicio a las partes se le podrá pedir los daños y perjuicios que correspondan. No obstante, lo que le aconsejo que haga primero es que se ponga en contacto con el contador-partidor para preguntarle si dispone de toda la documentación necesaria para poder hacer el cuaderno-particional, porque lo que sucede muchas veces es que el contador-partidor no puede hacer su trabajo porque le falta mucha documentación, bien porque se haya pedido al Juzgado mediante oficios a otros organismos o profesionales o porque los propios interesados no se lo han facilitado. Por este motivo, antes de hacer nada, hablaría con el contador-partidor para que le explique la demora.
      Un saludo.

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