39. ¡¡¡¡ Devuélveme mi infancia !!!!

Pienso que los padres no tenemos ningún derecho a robarle la infancia a un niño, por mucha “necesidad que tengamos”.

Cuando se decide tener un hijo, tenemos que ser lo verdaderamente maduros y sobre todo conscientes de todas las obligaciones que ello conlleva. Como decía tío Ben (Spiderman) “un gran poder conlleva una gran responsabilidad”, frase lapidaria donde las haya originaria de Franklin D. Roosevelt, y totalmente cierta.

¿Qué sucede en muchas familias cuando llega el segundo hijo?

Hay padres, no muchos por suerte, que cuando nace su segundo hijo, atribuyen a su hijo mayor, que en el mejor de los casos puede tener 4 o 5 años, la gran responsabilidad de que cuide a su hermano pequeño durante gran parte del día, llegando incluso a tomar el rol de madre o padre, arrebatándole  de forma totalmente literal su infancia y asumiendo la función y la obligación de cuidar a un niño, que en absoluto le corresponden.

¿Qué es el maltrato infantil?

Quizá los padres que actúan de esta manera, no son conscientes de que este tipo de comportamiento es, a mi entender, otra forma de maltrato infantil, disfrazado de ayuda, de excusas o simplemente de una obligación.

Esta opinión no es banal, ni fundada en meras cuestiones morales, sino que parte del marco ofrecido por Naciones Unidas respecto a la conceptualización de la violencia contra la infancia en un sentido amplio. La Convención de los Derechos de los Niños de Naciones Unidas en su Artículo 19, se refiere al maltrato infantil como “toda violencia, perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, mientras que el niño se encuentre bajo la custodia de sus padres, de un tutor o de cualquiera otra persona que la tenga a su cargo“.

Según el Grupo de Trabajo sobre maltrato Infantil del Observatorio de la Infancia del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, es maltrato infantil:

Acción, omisión o trato negligente, no accidental, que prive al niño de sus derechos y su bienestar, que amenacen y/o interfieran su ordenado desarrollo físico, psíquico y/o social, cuyos autores pueden ser personas, instituciones o la propia sociedad“.

Está claro que si a un menor le cargas con la gran responsabilidad de cuidar de su herman@ pequeño de forma habitual, esta situación no solo interfiere en su desarrollo físico, psíquico y social, ya que no solo le está privando de su niñez, con los graves perjuicios que sin duda le traerán a ese menor en el futuro, sino que por si misma esa circunstancia le sitúa en una situación de peligro.

La legislación española define el desamparo legal, Código Civil art. 172, como:

Situación de desamparo la que se produce de hecho a causa del incumplimiento o del imposible o inadecuado ejercicio de los deberes de protección establecidos por las leyes para la guarda de los menores, cuando éstos queden privados de la necesaria asistencia moral o material“.

Consecuencias jurídicas

Desconozco los motivos por los que esos padres tienen que tomar esa determinación de hacerle cargar a un niño con responsabilidad de tal magnitud, pero lo único que me gustaría que decir a esos padres que recapacitasen sobre estas palabras, que si se pierde dinero, algún día lo puedes recuperar, si pierdes un empleo ya encontrarás otro, pero si pierdes el tiempo, éste nunca lo recuperarás. Me gustaría que pensasen el tiempo que han perdido de estar con sus hijos, de disfrutar de ellos, de su infancia, momentos únicos que jamás volverán y de los momentos que su hijo mayor se ha perdido por estar  al cargo de su hermano.

La patria potestad según el art. 154 del Código Civil, “se ejercerá siempre en interés de los hijos…” y uno de los deberes y obligaciones que comprende la patria potestad es, velar por ellos, tenerlos en su compañía, alimentarlos, educarlos y procurarles una formación integral.

A veces no somos conscientes de los peligros a los que está expuesto un menor cuando se comete el grave error de dejarlos solos tan sólo unos minutos en casa, o en el coche o en cualquier otro lugar. Son ya muchas las noticias y las condenas que se han impuesto a padres por este motivo, que han dejado a sus hijos solos tan solo unos minutos en la creencia de que no iba a pasar nada y ha pasado. El azar es imprevisible.

Pero no solo eso, el simple hecho de una persona pueda poner en conocimiento de los servicios sociales que unos menores se encuentran solos en el domicilio puede acarrear graves consecuencias, como puede ser que les quiten la tutela de sus hijos y estos pasen a ser tutelados por la comunidad que corresponda.

En determinadas situaciones, los mayores no dimensionan los peligros que pueden acarrear este tipo de actuaciones, y no son conscientes de que los niños son niños, y no son capaces de reaccionar a un peligro inminente, como puede ser un incendio, un asaltante, o un simple descuido del menor que pueda ocasionar algún tipo de accidente doméstico.

Por todo ello, el incumplimiento de alguna de las obligaciones mencionadas puede tener consecuencias jurídicas, ya que se ha de ser consciente de los peligros inherentes que entraña, el mero hecho de dejar solos a dos niños en casa, así como de las posibles consecuencias jurídicas que puede llegar a tener si alguien denuncia esta situación, ya que podría estar cometiendo el delito tipificado en el código penal como abandono de menores tipificado en el artículo 226 del Código Penal y que preceptúa

“Artículo 226

  1. El que dejare de cumplir los deberes legales de asistencia inherentes a la patria potestad, tutela, guarda o acogimiento familiar o de prestar la asistencia necesaria legalmente establecida para el sustento de sus descendientes, ascendientes o cónyuge, que se hallen necesitados, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o multa de seis a 12 meses.

De verdad que, ¿se tienen hijos para esto?

Reflexión

Soy consciente que en los tiempos que vivimos, desgraciadamente esta situación es más habitual de lo que desearíamos, pero el hecho de que lo veamos como una situación de lo más normal no quiere decir que esté bien y que tengamos que mirar para otro lado si detectamos que se da esa situación en algún hogar. Nosotros también tenemos una obligación no solo moral, ya que si realmente detectamos una situación que entrañe grave peligro para la vida de una persona y no la auxiliamos podríamos estar cometiendo un delito de omisión de socorro.

Estas situaciones provocan que el hijo mayor llegue a odiar a su herman@ pequeño, ya que él ha sido el motivo por el cual, sus padres le han robado su infancia, le han privado de poder jugar con sus amig@s en el parque, o de ver tranquilamente su serie favorita en el salón,  y en cambio tiene que estar todo el día pendiente de su hermano menor, llegando incluso a usar la fuerza sobre el pequeño para que le haga caso o para corregirle en lo que a su entender está mal, con el resultado final donde la víctima también se convierte en verdugo, generando una situación totalmente injusta y amarga para ambos, con una mirada perdida, triste y superados por el estrés que genera la situación.

Y para terminar una última consideración: tenemos muchas cosas de las que podemos prescindir totalmente, y no pasa absolutamente nada porque no las tengamos. De esa suscripción a Netflix, de esas botas y ese jersey de marca, de ese chalet, de ese Iphone último modelo, de esas clases de padel y así una larga lista, y pensemos en lo verdaderamente importante en la vida. Quizá si nos privamos de todos esos caprichos, nos permitiría trabajar menos y nos permita focalizarnos en lo verdaderamente importante: Pasar más tiempo con nuestros hijos y dejarles  disfrutar de su infancia.

Nunca es demasiado tarde para tener una infancia feliz

(Tom Robbins)

Un saludo y hasta el próximo artículo.



Author: María Amparo Martínez Marián
Abogada Perito Contador-Partidor

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